Paraguay
Ministerio recuerda vigencia del protocolo de actuación para la prevención y atención integral a mujeres
Agencia IP.- El Ministerio de la Mujer recuerda el uso del Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Prevención y Atención integral (PROMUVI-Mujer), conforme a la normativa vigente y las reglas institucionales aprobadas.
«Desde la institución resaltamos la importancia de cada rol en el proceso de los casos de violencia contra las mujeres, y las responsabilidades que las instituciones tenemos cuando ocurren los casos», expresó la institución.
Todos los detalles del PROMUVI se encuentran en este enlace: https://lc.cx/JJvOrG
El protocolo “Feminicidios y Violencia de Alto Riesgo contra las Mujeres”, que fue elaborado y publicado con el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en el 2023, constituye una guía completa para el actuar en la ruta interinstitucional de prevención, atención, protección, investigación, sanción y reparación integral ante casos de feminicidio.
Mediante la articulación de la “Mesa Interinstitucional de Prevención de la Violencia contra la Mujer”, conformada por mandato del artículo 27 de la Ley N° 5777/16 “De Protección Integral a las Mujeres Contra Toda Forma de Violencia”, se establece los circuitos de acción para las instituciones con mandato normativo (responsables) de actuar frente a los casos de muerte, tentativa de muerte y violencia de alto riesgo contra las mujeres, conforme al tipo penal de “Feminicidio”, incorporado al marco penal en el artículo 50 de la Ley N° 5777/16, con énfasis en casos de muerte violenta, tentativa de muerte y violencia de alto riesgo contra mujeres, realizada por su pareja o expareja.
En los casos de denuncia de violencia contra la mujer actúan inicialmente, al menos, cuatro instituciones públicas que activan los protocolos. Estas instituciones son la Policía Nacional, la Fiscalía General del Estado, los Juzgados de Paz y el Ministerio de la Defensa Pública.
La Policía debe:
- Informar al fiscal
- Asistir y proteger a la mujer agredida
- Asegurar la asistencia médica inmediata
- Identificar y proteger a las víctimas secundarias
- Aplicar una ficha de valoración de riesgo
La Fiscalía tiene que:
- Organizar, coordinar y conducir la investigación
- Realizar la evaluación victimológica de las víctimas
- Asegurar que la mujer reciba atención médica necesaria y, durante el proceso, asistencia psicológica y social.
- Derivar a la mujer a la Defensoría Pública, para asistencia jurídica.
- Aplicar la ficha de evaluación de riesgo.
El juzgado de Paz debe:
- Recibir las denuncias
- Disponer medidas de protección para la preservación de la vida, la integridad de la víctima, sus bienes y derechos
- Substanciar y resolver procedimiento abreviado por hechos punibles de violencia hacia las mujeres
- Aplicar el Procesal Penal y remitir las actuaciones al fiscal
- Aplicar la ficha de evaluación de riesgo.
El Ministerio de la Defensa Pública tiene que:
- Proveer patrocinio gratuito
- Prestar asistencia jurídica a las mujeres en situación de violencia
- Si la mujer agredida presenta querella adhesiva, podrá contar con el apoyo del ministerio.
- Aplicar la ficha de valoración de riesgo
En el caso del Ministerio de la Mujer, una vez en conocimiento de la existencia de víctimas secundarias, la institución tomará contacto con las mismas y con el Ministerio Público requirente, como así también revisará la información relevada por las instituciones y las ampliará cuando lo considere necesario y teniendo especial cuidado de no re victimizar a la persona atendida.
Con relación a la aplicación de Medidas de Protección a la mujer agredida y víctimas secundarias, como resultado de la intervención:
Las medidas de protección tienen por finalidad detener los actos de violencia feminicida, física, psicológica o sexual y proteger a la mujer agredida y a los/las miembros/as de su entorno familiar como hijos, hijas o personas dependientes en su integridad física, psicológica, sexual y patrimonial.
Dónde denunciar hechos de violencia
Los hechos de violencia contra la mujer pueden y deben denunciarse en la Comisaría más cercana (Policía Nacional); el Ministerio Público (Fiscalía), el Poder Judicial (Juzgado de Paz), que forman parte de las instituciones que tienen el deber de proteger.
El Ministerio de la Mujer colabora asistiendo y direccionando a las víctimas para que las instituciones involucradas brinden atención, cada una en su rol. El Ministerio de la Defensa Pública cuenta con la línea 133 y a través de las Defensorías Especializadas en la Ley N° 5777/16 ofrece patrocinio legal a las mujeres en situación de violencia.
Es muy importante identificar la violencia, acudir a los servicios de atención, el apoyo emocional y el asesoramiento pueden ser fundamentales para superar las secuelas psicológicas de la violencia. Para estos efectos el Ministerio de la Mujer cuenta con la línea SOS 137.
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