Notas
Ejecutivo define quiénes podrán cobrar el subsidio
El Ministerio de Hacienda tiene a su cargo la reglamentación de la Ley N° 6524/20 que declara estado de emergencia en el país ante la pandemia del coronavirus y prevé en la fecha presentar al presidente de la República, Mario Abdo Benítez, el proyecto para realizar los ajustes finales.
La demora en la definición está generando cierta impaciencia en los cuentapropistas que viven del día a día, que hace semanas están sin operar por la cuarentena decretada por el Gobierno.
La idea, según las autoridades, es que la reglamentación sea promulgada hoy para que los potenciales beneficiarios conozcan el proceso que deberán cumplir para recibir el subsidio monetario, exonerar el pago de las facturas de luz, agua y teléfono o que los contribuyentes de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) conozcan los nuevos vencimientos para el pago de los impuestos.
Una de las discusiones principales en la reglamentación de la ley giró ayer en torno al pago del 25% del salario mínimo (equivale a G. 548.209) a trabajadores en situación de informalidad, porque se pretende que llegue a los más necesitados que serían 1.500.000 personas.
En ese sentido, según fuentes, se propuso priorizar a los cuentapropistas de bajos ingresos y a los informales, porque, de lo contrario, el universo de beneficiarios podría llegar a unos 3.000.000 de personas y el costo del programa demandaría más de los US$ 300 millones previstos para dos meses.
La Ley N° 6524/20 que declara estado de emergencia en el país ante la pandemia del coronavirus y establece medidas administrativas, fiscales y financieras para mitigar el impacto en el sistema de salud y en la economía, ya determina ciertos requisitos para acceder al referido subsidio.
La legislación dispone que se otorgará a trabajadores por cuenta propia o dependientes de las mipymes, que cuenten con 18 años de edad o más, que no coticen a la seguridad social, no sean funcionarios o contratados de ningún organismo o entidad del Estado o de entidades binacionales.
Tampoco deberán ser jubilados o pensionados de alguna de las entidades de jubilaciones y pensiones públicas o privadas y no deben ser beneficiarios de algún programa de asistencia social del Estado, como Tekoporã o el programa de pensión alimentaria para adultos mayores en situación de pobreza. Por otro lado, con la reglamentación se dará a conocer dónde inscribirse para ser beneficiario.
Benigno termina la cuarentena
El ministro de Hacienda, Benigno López, culminó ayer el periodo de cuarentena establecido por el Ministerio de Salud Pública para todos los que vuelven al país, como medida para contener la expansión del coronavirus. López entró en cuarentena el lunes 16 tras regresar de Washington, Estados Unidos, en donde se reunió con autoridades del Consejo de Seguridad Nacional y del Departamento de Estado. Hasta ayer desde su residencia dirigió vía teleconferencia las discusiones sobre la reglamentación de la ley de emergencia. ABC
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