Notas
AFD brinda crédito a las Mipymes mediante cooperativas y casas de crédito
La Agencia Financiera de Desarrollo (AFD) recordó que el sector de Mipymes tiene la opción para conseguir recursos crediticios del fideicomiso para el apoyo financiero en el marco de las medidas de mitigación de efectos económicos adversos de la crisis desatada por el COVID-19.
A través del fideicomiso administrado por AFD se pone a disposición recursos a cooperativas y casas de créditos para préstamos para pago de salario y capital operativo.
Esta propuesta va dirigida a Mipymes, cuentapropistas y profesionales independientes, para el pago de salarios y capital operativo, con un plazo de hasta cinco años y un periodo de gracia de hasta un año, y con una tasa de interés, como máximo, de 5,5%.
Están incluidas como entidades intermediarias que operan con este fideicomiso 19 cooperativas y seis casas de créditos.
¿Quiénes pueden acceder al crédito?
Los interesados que califiquen como sujetos de crédito para la Institución Intermediaria (cooperativas, centrales cooperativas y casas de crédito). Pueden ser personas físicas, empresas unipersonales o personas jurídicas definidas como micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), así como también cuentapropistas y profesionales independientes, todos ellos debidamente inscriptos en el RUC, cuya actividad económica principal se asienta en el territorio nacional, cuyas definiciones y requisitos se detallan a continuación:
Microempresa: es aquella con facturación anual hasta ₲ 646.000.000 (Guaraníes seiscientos cuarenta y seis millones), para lo cual deberán acompañar:
* Identificación del deudor (RUC);
* Información sobre la solicitud y condiciones de crédito;
* Carta compromiso en la que indiquen que no despedirán sin causa a sus trabajadores por al menos el plazo de tres meses posteriores a la recepción del préstamo.
Pequeña Empresa: es aquella con facturación anual hasta ₲ 3.230.000.000 (Guaraníes tres mil doscientos treinta millones)
Mediana Empresa: es aquella con facturación anual hasta ₲ 7.752.000.000 (Guaraníes siete mil setecientos cincuenta y dos millones).
Para las operaciones de PYMES deberán presentar:
* Identificación del deudor (RUC);
* Información sobre la solicitud y condiciones de crédito;
* Formulario de presentación de IVA;
* Planilla de sueldos y remuneraciones del personal a cargo o Formulario de aporte patronal IPS o Planilla del Ministerio de Trabajo;
* Carta compromiso en la que indiquen que no despedirán sin causa a sus trabajadores por al menos el plazo de tres meses posteriores a la recepción del préstamo.
Profesional Independiente y Cuentapropista: se refiere a la persona física que presta servicios sin relación de dependencia laboral o que obtiene su ingreso a partir de su propio negocio y que se encuentre inscripto en el RUC. Para los mismos, se tomará la facturación similar a la Microempresa.
Montos máximos:
* Microempresas: Hasta ₲ 190.000.000
* Pequeña empresa: Hasta ₲ 650.000.000
* Mediana empresa: Hasta ₲ 1.300.000.000
* Profesionales independientes y cuentapropistas: Hasta ₲ 190.000.000
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